Al socialismo del siglo XXI, ese mamotreto pol tico creado por el teniente coronel (retirado) Hugo Ch vez Fr as para hipnotizar a las masas desencantadas de los gobiernos de Acci n Democr tica y Copei, que pendularmente se turnaban en el poder cada cinco a os, se le endilg el calificativo de bolivariano, doctrina de la que estaba bien distante, a la luz de la gesti n gubernamental de dicho comandante y su sucesor, el narcodictador Nicol s Maduro, un exconductor del Metro de Caracas, con fama de reposero y sin formaci n acad mica, crueles ambos y corruptos pasivos y activos, no aptos para gerenciar el pa s y sumisos de la tiran a cubana de los hermanos Fidel y Ra l Castro.
El 12 de enero de 1824, el Se or General Sim n Bol var, Dictador plenipotenciario del Per y presidente de Colombia decreta la pena de muerte para todos los funcionarios p blicos que hayan "malversado o tomado para s " parte de los fondos de la naci n, medida que tom con el fin de reducir el mal de la corrupci n en la entonces Gran Colombia.
A continuaci n, el Decreto emitido por el Libertador desde el Palacio Dictatorial de Lima.
Teniendo Presente:
1 -Que una de las principales causas de los desastres en que se han visto envuelta la Rep blica, ha sido la escandalosa dilapidaci n de sus fondos, por algunos funcionarios que han invertido en ellos;
2 -Que el nico medio de extirpar radicalmente este desorden es dictar medidas fuertes y extraordinarias, he venido en decretar, y
Decreto:
Art culo 1 -Todo funcionario p blico, a quien se le convenciere en juicio sumario de haber malversado o tomado para s de los fondos p blicos de diez pesos arriba, queda sujeto a la pena capital.
Art culo 2 -Los jueces a quienes, seg n la ley, compete este juicio, que en su caso no procedieren conforme a este decreto, ser n condenados a la misma pena.
Art culo 3 -Todo individuo puede acusar a los funcionarios p blicos del delito que indica el Art culo 1 .
Art culo 4 -Se fijar este decreto en todas las oficinas de la Rep blica, y se tomar raz n de l en todos los despachos que se libraren a los funcionarios que de cualquier modo intervengan en el manejo de los fondos p blicos.
Impr mase, publ quese y circ lese.
Palacio Dictatorial de Lima, a 12 de enero de 1824- 4 de la Rep blica.
Por orden de S. E.,
SIMON BOLIVAR